La iniciativa cumple su segundo trámite en el Senado, ya fue aprobado en general por la Sala y el 8 de junio vence el plazo para presentarle indicaciones, después de lo cual será remitida a las Comisiones de Educación y de Constitución respectivamente, el estudio de modificaciones.
"Haremos el esfuerzo para que el proyecto salga lo más rápido posible", dijo el senador Ruiz -Esquide tras señalar que estima que en una o dos sesiones, la Comisión de Educación podría estar en condiciones de despachar la iniciativa.
Asimismo, manifestó que el período que se fijó el Senado para presentarle indicaciones al proyecto "nos va a permitir también incorporar algunas materias más duras y estrictas".
Lo anterior, tras la emisión del programa sobre acoso sexual a menores de Informe Especial que evidenció una suerte de vacío legal al no estar tipificado como delito la conducta de concertar citas con menores de edad, a través de Internet, con fines de incitación sexual.
Según el senador Ruiz-Esquide, la iniciativa que está en trámite en el Senado se elaboró precisamente "porque se sabía lo que estaba sucediendo en esa materia, pero nuestros plazos son más amplios porque hay que tener tiempo para presentar indicaciones y perfeccionar el proyecto, pero creo que lo podemos sacar en un par de sesiones más".
ALCANCES DE LA INICIATIVA
La idea central de esta iniciativa es sancionar el delito de acoso sexual a menores cuando se efectúa por medios informáticos y electrónicos, y también penalizar la producción de material pornográfico infantil por esos mismos medios.
Asimismo, el proyecto contempla la mantención de un registro de carácter reservado, de los usuarios de los denominados cibercafés.
En tal sentido, establece una norma que dice que "los establecimientos cuya actividad principal sea ofrecer al público servicios de acceso a Internet, de forma gratuita u onerosa, a través de computadores propios o administrados por ellos, deberán mantener, en carácter de reservado, un registro de los usuarios no inferior a un año".
Tal registro debe contar con el nombre del usuario, la cédula de identidad, o con los datos que se consignan en la licencia de conducir o en el pase escolar, fecha y hora del servicio e individualización del equipo en el cual utilizó el servicio.
El juez de garantía, a petición del Ministerio Público, podrá ordenar el examen de dicho registro en los términos de los incisos primero y segundo de este artículo.
No obstante, esta disposición ha generado divergencias entre los parlamentarios quienes son partidarios de mantener un sistema de registro, pero que no vea afectado el derecho a la privacidad de las personas.
Prensa Senado
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