Con el respaldo del Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) y de la Clínica de Interés Público de la Universidad Diego Portales, la transexual Claudia Espinoza apeló a la resolución de la Corte de Apelaciones de Santiago, luego de que el 18 de noviembre pasado esta rechazara un recurso de protección presentada en contra del alcalde de Independencia, Antonio Garrido.
En la apelación se alegó que la Corte provocó un “agravio irreparable” a Espinoza, por cuanto no hubo una correcta “valoración de los medios de prueba”, sino que una “errónea percepción de los hechos” que no respeta derechos fundamentales básicos de las personas, como son la “honra” y el “trabajo”.
El recurso de protección había sido presentado el pasado 7 de julio, luego de que durante tres años Espinoza solicitara al alcalde permiso para vender ropa usada en las afueras del Hospital San José, a fin de ganarse la vida en forma alternativa al comercio sexual que antes ejercía.
El edil se negó a esta petición, señalando que las mujeres transexuales son un “mal ejemplo para los niños” y exigiendo a la afectada masculinizarse para circular por la calle y obtener el permiso. Luego, Garrido indicó, en declaraciones reproducidas por la prensa, que “si quiero le doy permiso al mariconcito”.
“Estoy muy apenada y angustiada por esta injusticia. ¿Qué tipo de pruebas necesita la Corte de Apelaciones, si estos atropellos y ofensas las escuchó y vio todo un país en diarios y en televisión”, sostuvo Espinoza.
Según la Corte de Apelaciones, “sólo la prensa ha atribuido al Alcalde de la comuna de Independencia, don Antonio Garrido, algunas expresiones que atacarían su opción sexual”, situación falsa pues las declaraciones reproducidas a través del diario La Cuarta, fueron luego retransmitidas el 8 de junio por Chilevisión, en palabras directas del edil que fueron grabadas por el mencionado periódico.
“Acá lo único claro es que nuestros tribunales actúan con poco y nulo profesionalismo en casos que involucran a minorías sexuales, en especial cuando se trata de transexuales”, sostuvo el activista del Movilh, Juan Hernández.
Añadió que esta situación “demuestra que los recursos de protección no sirven. Por tanto quienes se están oponiendo a la ley antidiscriminatoria argumentando que ya existen herramientas legales, como el recurso de protección, se equivocan. La legislación con la que contamos ahora es claramente insuficiente. Es urgente dar el vamos al Proyecto de Ley que Establece Medidas Contra la Discriminación”, radicado en el Congreso desde el 2005.
Además, sostuvo apelación patrocinada por la Diego Portales, “las expresiones emitidas por el Alcalde de Independencia, constituyen a lo menos una afectación al derecho a la honra reconocido en la Constitución, en el artículo 19 Nº4.”.
Ello quedó claro cuando esta “autoridad pública se dirigió a otra persona como “mariconcito” y la asoció a la delincuencia,”, como lo hizo a través de La Cuarta el 2 de junio pasado al justificar su rechazo al permiso vinculando el hecho con “un gallo que mata a la hija” y con “una comadre que le da libertad a traficantes”.
En conclusión, la medida “del alcalde constituye un acto arbitrario que se funda solamente, según sus propios dichos, en la identidad de género del recurrente, vulnerando así los derechos establecidos en el artículo 19 numeral numero 2, 16 y 21. Asimismo, se afecta en perjuicio de Espinoza su derecho al honor consagrado en el artículo 19 numeral 4, derechos todos protegidos por la acción de protección.”, puntualizó el alegato.
Fuente: Movilh
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